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Las modificaciones a la Reforma Fiscal fueron publicadas el pasado 8 de diciembre 2020 en el Diario Oficial de la Federación

Con base en la Reforma Fiscal publicada el pasado 8 de diciembre 2020 en el Diario Oficial de la Federación, “se puede detectar que, dentro de los cambios efectuados a la Ley ya establecida, cuenta con una postura agresiva de medidas tomahttps://www.dfk.com.mx/das de fiscalización ya que, se requiere un incremento en los ingresos tributarios y la autoridad esta viendo la oportunidad en la recaudación de los mismos contribuyentes por medio de los actos de fiscalización” explicó Juan Pacheco Del Rio, Socio Director en De la Paz, Costemalle – DFK.

Dentro de esta reforma hay artículos que no prosperaron como el Art 45 y 69 en donde se establecía que “Se elimina la facultad del SAT para recabar imágenes mediante el uso herramientas tecnológicas”.

En cuanto al presupuestos se refiere, queda de la siguiente manera:

El Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal establece que se acumularán los estímulos fiscales por el Impuesto especial Sobre Productos y Servicios (IEPS) será pagado en la adquisición de diésel o otros y uso de combustibles fósiles, esto va directamente a afectar tres sectores:

– Transporte de personas y carga.

– Actividades empresariales que requieran uso de maquinaria en donde su funcionalidad requiera de combustibles.

– Sector primario y minería.

Los expertos en De la Paz, Costemalle-DFK explican que estos acumularán los estímulos fiscales para Impuesto Sobre la Renta (ISR). En donde la tasa de retención según el artículo 21, ha tenido las siguientes modificaciones: En 2017 la tasa de interés era de .58%; mientras que para 2018, bajo a .46% y mostro un incremento relevante en 2019 con un 1.05 % para 2020 el incremento continúo cerrando en 1.45%. Nada beneficio para los contribuyentes.

Las donatarias y Personas Morales No Lucrativas (PMNL) pagaran ISR debido a las erogaciones sin Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), por gastos mayores a 2 mil pesos que no sean pagados por medio de instituciones bancarias. Para esto se establece que aquellas donatarias que obtengan más del 50% de sus ingresos de actividades no relacionadas con su objeto social serán consideradas como empresas mercantiles y deberán entregar su patrimonio.

La Reforma Fiscal con los cambios establecidos viene a modificar algunas estructuras y prácticas, que definitivamente cambiarán la operatividad de muchas empresas y sectores, en época de crisis como la que pasa México y el mundo resulta un tanto riesgoso la aplicación de estas modificaciones, ya que, podrían representar, según los expertos en De la Paz, Costemalle-DFK, una alza en el desempleo y motivante para la informalidad de aquellos que no cuenten con la estructura y solides para acatar dichos cambios en la normativa.

Acercarse a los expertos como De la Paz, Costemalle-DFK, es y será siempre la mejor opción para revisar las mejores alternativas para las empresas y negocios.

Para saber más:

(55)3686 2400 ext. 1000 o 1007

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