La International Chamber of Commerce México (ICC México), dio a conocer que la iniciativa de reforma a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución y nueve transitorios, enviada por el presidente de la República al Congreso de la Unión, significa, contrario a lo que se piensa, una transformación más amplia de las leyes porque involucra al sector eléctrico, de hidrocarburos, el litio y recursos naturales del país, así como aspectos de transición energética que no se limitan al sector de la electricidad.
Tampoco es una contra reforma a la reforma energética de 2013, ni a la de 1992 cuando se abrió la puerta al gas natural y se convirtió en el inicio de las energías limpias en nuestro país, sino que regresará a México por lo menos cuatro décadas atrás en la generación de energía eléctrica, con los consiguientes costos económico-sociales en el interior de un país que venía solidificando también su gestión frente al medio ambiente.
Este organismo empresarial detalla que la reforma es la sincronización de un diseño normativo que por encima de los derechos humanos de quienes la habitan, pues conduce a la recarbonización del modelo energético del país y a la dependencia en el corto plazo de modelos más destructivos del medio ambiente como sería el fracking para resolver la demanda de petróleo, porque las reservas probadas al día de hoy son apenas para 9.5 años.
El problema de reputación internacional para la nación tampoco es un asunto menor porque provocará incertidumbre y pone en riesgo la confianza de la inversión extranjera directa en México y el consiguiente aislamiento del país del resto de la economía mundial.
Es una reforma que busca restringir a los sectores afectados la posibilidad de recurrir con medios legales de defensa domésticos, al proponer plasmar esta transformación en el texto constitucional, lo cual generará confrontación entre derechos y principios constitucionales. No obstante, se puede anticipar que las empresas analizarán e intentarán acciones legales domésticas e internacionales en contra de la eventual reforma, por la clara antinomia e incongruencia que existe con diversos derechos fundamentales y principios constitucionales.
Aun cuando tampoco se contempla una expropiación directa para evitar las indemnizaciones, la inanición económica de las empresas y los proyectos mediante la cancelación de los permisos de producción, los contratos de compraventa de energía y de autoabasto celebrados con particulares, así como la cancelación de los Certificados de Energía Limpia (CEL’s), sí constituirían una expropiación indirecta del sector, al poner en riesgo el valor de las inversiones como resultado de actos de gobierno (que incluyen cambios regulatorios en el sector).