La Secretaría del Bienestar federal debe entregar documentos que den cuenta de la producción, distribución y sembradío de plantas, en el marco del programa Sembrando Vida, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

En específico, debe informar, del 1 de febrero de 2019 al 12 de septiembre de 2022, el número de plantas que no se han logrado sembrar o no sobrevivieron, los viveros de donde provienen y cómo fueron distribuidas, además del lugar donde fue más recurrente su pérdida y los motivos de ello.

“La transparencia y el acceso a la información resulta fundamental porque posibilita que la sociedad pueda corroborar el cumplimiento de dos premisas básicas: la del ejercicio del gasto público y, desde luego, también la eficacia y la eficiencia de estos programas”, enfatizó la comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena.

Expuso que el programa Sembrando Vida busca, entre otras cuestiones, contribuir al bienestar social de sembradoras y sembradores, rescatar el campo, reactivar la economía local y la recuperación del medio ambiente.

“La solicitud es relevante, pues nos permite cuestionarnos sobre otros temas de interés ambiental, en específico, cuánto cuesta forestar o qué tan eficiente puede ser el programa, y esta última cuestión es igualmente importante”, apuntó.

Al respecto, refirió que un diario de circulación nacional reportó en noviembre del año pasado que, en al menos mil 32 puntos inscritos al programa en Quintana Roo, hubo deforestación y pérdida de cubierta forestal para poder ingresar dicho programa.

Una persona solicitó a la Secretaría de Bienestar: 1) el documento que consigne de dónde provienen las plantas; 2) el número de plantas que no se han logrado sembrar; 3) el lugar en donde fue más recurrente la pérdida de las plantas y, 4) el costo de su producción.

En respuesta, la dependencia remitió una relación de proveedores de plantas, con el costo de la producción. Asimismo, señaló que tienen un porcentaje de sobrevivencia del 82 por ciento. Inconforme porque la información era incompleta, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.

Tras analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Presidenta del INAI determinó que la dependencia no cumplió con el procedimiento de búsqueda, previsto en la Ley Federal de Transparencia, pues omitió turnar la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes.

Ante ello, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría de Bienestar, a efecto de que realice una búsqueda de la información en todas sus unidades administrativas competentes y entregue a la persona solicitante los documentos que consignen el número de plantas que no se han logrado sembrar o no sobrevivieron, los viveros de donde provienen y cómo fueron distribuidas, además del lugar donde fue más recurrente su pérdida y los motivos de ello.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *