Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho laboral que implica otorgar a los colaboradores una porción de las ganancias obtenidas por las empresas durante el año anterior. Este pago debe realizarse entre los meses de abril y junio, dependiendo del registro tributario de la empresa.

Para las empresas constituidas como personas morales, el período de pago va del 1 de abril al 30 de mayo. Sin embargo, cuando el empleador es una persona física, el período correspondiente se extiende del 1 de mayo al 29 de junio.

Este beneficio para los trabajadores también está presente en otros países latinoamericanos como Perú, Chile, Brasil y Venezuela. En México y Perú, específicamente, se distribuye el 10% de las utilidades generadas por las empresas. En Chile, por otro lado, las empresas pueden destinar hasta el 30% de sus utilidades anuales para este fin, con un límite establecido en salarios mínimos por trabajador o añadiéndolo al salario mensual.

La legislación brasileña no fija un porcentaje de utilidad que deben repartir las empresas, si no que se define mediante una negociación. En el caso de Venezuela y Ecuador el monto del PTU corresponde al 15% de las utilidades.

¿Cómo deben prepararse las empresas para el reparto de utilidades?

Paulina Portillo, directora de finanzas de la aceleradora de empresas WORTEV, recomienda prever el pago del reparto de utilidades desde el momento en que el negocio comienza a generar ganancias.

“Las empresas tienen que prepararse con antelación para el pago de PTU, esto se logra con una adecuada planeación financiera. La PTU debe ser un rubro considerado siempre, como se considera algún insumo importante o la nómina de un colaborador. Se trata de ser responsables con lo que la Ley da en cuanto a los beneficios para nuestros colaboradores”, señala Portillo.

La especialista de WORTEV resalta que para prepararse para cumplir con esto, los dueños de empresas deben realizar un adecuado manejo administrativo y contable y considerar lo siguiente:

Presentación de la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta: primeros tres meses siguientes al término del ejercicio fiscal.

Revisión de la declaración del ejercicio de la empresa por los trabajadores: 30 días hábiles, a partir de la entrega de la copia de la declaración a los trabajadores.

Pago de las utilidades: 60 días siguientes a la fecha en que presentó la declaración.

Presentación del escrito de objeciones ante la autoridad fiscal: 60 días hábiles, a partir de la fecha en que sea recibida la copia de la declaración por los trabajadores.

¿Sabías que hay algunas empresas mexicanas que pueden estar exentas del PTU?

No todas las organizaciones están obligadas a pagar utilidades a sus colaboradores, por ejemplo, aquellas que hayan declarado pérdidas o cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta (ISR) sea menor a $300 mil pesos, pueden quedar exentas.

Startups y empresas de nueva creación

Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento, a partir de su registro o alta en la Secretaría de Hacienda, están libres del pago de utilidades. Aquellas empresas de nueva creación y que además estén desarrollando un producto innovador en el mercado, tendrán un periodo de gracia de dos años. Sin embargo, es necesario contemplar que la Secretaría de Economía es la encargada de determinar la novedad del producto, por lo que no le corresponde a la propia empresa decidirlo.

Las empresas que se fusionaron, traspasaron o cambiaron de nombre o razón social, no son consideradas empresas de nueva creación.

Industria extractiva

Durante el periodo de exploración, aquellas empresas relacionadas con la extracción de recursos no renovables, se encontrarán exentas del pago de PTU, sin embargo el periodo de gracia concluirá cuando comience la primera actividad de producción.

Instituciones de asistencia privada

Aquellas que estén debidamente reconocidas por las leyes y que ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia y sin designación individual de beneficiarios, como los asilos y fundaciones, se encuentran libres del pago de PTU a sus colaboradores.

Instituciones públicas

Organismos como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), entre otras entidades gubernamentales que tienen como fin la asistencia, beneficencia o la cultura, no están obligadas al pago de utilidades.

Paulina Portillo   concluye que, para generar una adecuada relación de confianza con los colaboradores, el empleador puede entregar una copia de la declaración fiscal a los 10 días después de la fecha límite en que debe ser presentada. Incluso puede ayudar a la integración de una Comisión Mixta para formular el proyecto que determine la participación de cada trabajador

 

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