¿Sabías que, actualmente más del 90 % de las personas registradas a una Afore no tienen beneficiarios designados? En este sentido, para contribuir a que cada vez más personas tomen el control de su ahorro para el retiro, Afore SURA reitera la importancia de tener a tus beneficiarios registrados en tu Cuenta Individual para protegerte a ti y a tus recursos.
¿Qué son los beneficiarios?
Como trabajador que cotiza en la Seguridad Social, debes saber que los recursos que tienes en tu Cuenta Individual de Afore son, por ley, de tu propiedad, por lo que es tu derecho y obligación estipular quiénes serían tus beneficiarios en caso de que algún día llegues a faltar. En México existen dos tipos de beneficiarios:
- Beneficiarios legales
Son aquellos que tienen derecho a recibir una de las tres pensiones que otorgan los Institutos de Seguridad Social (viudez, orfandad y ascendencia); y, en algunos casos, a retirar la totalidad del saldo de la cuenta individual o sus excedentes, tanto de las aportaciones obligatorias como de las voluntarias. Estos podrían ser los siguientes:
- Cónyuge, esposa o esposo, concubina o concubinario: sin importar los años de matrimonio, esta persona es la primera en la línea de derecho y puede solicitar la pensión de viudez.
- Hijos: de hasta 16 años de edad en el IMSS o 18 años en el ISSSTE, o hasta los 25 si se encuentran estudiando en el sistema educativo nacional, pueden recibir la pensión de orfandad. A falta de un cónyuge, los hijos mayores de 25 años podrían solicitar el derecho sobre los recursos de la Cuenta Individual no como beneficiarios legales, sino como beneficiarios sustitutos.
- Padres: que sean dependientes económicos, pueden recibir la pensión de ascendencia. Como ocurre en el caso anterior, los padres podrán ser beneficiarios cuando no existan cónyuges o hijos.
- Beneficiarios designados
Son aquellos que son designados por el titular de la Cuenta Individual para recibir únicamente los recursos del Ahorro Voluntario. De no registrarlos en tu Afore, ese dinero deberá entregarse a los beneficiarios legales en las proporciones que se establezca derivado de las pensiones de orfandad, viudez o ascendencia.
“El beneficiario tendrá derecho a retirar los recursos de una Cuenta Individual si el titular en vida no lo hizo, el cómo se realice estará sujeto a la Resolución o la Negativa de Pensión que emita el Instituto de Seguridad Social correspondiente, el cual determinará si las condiciones establecidas dentro de la regulación se cumplen. Como Afore, bajo un protocolo con varias instituciones financieras, buscamos garantizar que estos recursos se entreguen a la o las personas correctas”, explicó Gerardo Chavarría, Gerente de Iniciativas de Negocio y Apoyo Comercial de Afore SURA.
¿Cómo registro a mis beneficiarios?
Es muy importante que registres a tus beneficiarios, ya que esta es la manera en la que puedes asegurarte de que tus dependientes económicos no pierdan los derechos que se generan de tu Cuenta Individual, o bien que resulte sencillo para ellos llevar a cabo trámites ante tu Afore o Institutos de Seguridad Social con el fin de recuperar dichos derechos. Al respecto, Afore SURA te brinda estos consejos:
- Registra a tus beneficiarios. Registrarlos es más fácil de lo que crees, ya que es un proceso que puede llevarse a cabo tanto de manera presencial como digital. En primer lugar, deberás acercarte al Instituto de Seguridad Social donde cotices, sea IMSS o ISSSTE, así como a tu Afore; ahí se integrará un expediente electrónico, para lo cual se te solicitará información como el nombre completo de cada uno de tus beneficiarios, CURP, fecha de nacimiento, parentesco y el porcentaje que quieres asignarle a cada uno. Si eres cliente de Afore SURA, puedes registrarlos en la App Afore SURA o en sus módulos de servicio.
- Da seguimiento a tu Cuenta Individual. Como trabajadores, tenemos una obligación para con nosotros y nuestros beneficiarios. Por ello, debes asegurarte de notificar a tus beneficiarios quiénes son, qué porcentaje les corresponde, dónde guardas tus documentos, así como los pasos a seguir en tu Afore e Instituto de Seguridad Social si algún día faltas. Toma en cuenta que, una vez que adquieren el derecho a retirar recursos de un familiar fallecido, los beneficiarios tienen 10 años para reclamar esos recursos o, de lo contrario, estos podrían ser reclamados por el Instituto de Seguridad Social en el que este cotizaba.
- Actualiza tu Expediente Electrónico. Este expediente biométrico se compone de información como tu huella digital, firma digital y mensaje de voz. Sirve para darte seguridad respecto a los movimientos que se hacen en tu Cuenta individual y, una vez que está integrado y aprobado, te permite realizar con mayor facilidad tus trámites. Si el titular en vida no tenía su expediente biométrico completo, el beneficiario necesitaría hacer tramites adicionales para iniciar el proceso final de disposición final de recursos, por lo que es recomendable acercarte desde hoy con tu Afore para verificar si tu expediente está actualizado.