Este 7 de junio, diputados y diputadas de PAN, PRI y PRD presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Minería aprobada el pasado mes de abril, pese a los reiterados llamados, mensajes, tuits, comunicados, pronunciamientos, juntas virtuales y presenciales que integrantes de comunidades, organizaciones civiles y académicos sostuvimos con diputados y senadores de todas las bancadas, para explicar los avances en la nueva Ley de Minería con respecto a la Ley Minera de 1992 y hacerles patente la importancia de ponderar los derechos que se incorporaron.
Al impugnar la nueva Ley de Minería, se impugnan derechos como la consulta y el consentimiento de los pueblos indígenas y afromexicanos, que deben ser garantizados porque son obligaciones del marco convencional de los derechos humanos y de la Constitución Mexicana. Al impugnar, las y los legisladores de PAN, PRI y PRD favorecen los intereses de las empresas mineras, que durante 31 años han contado con una ley que les permitió especular con los bienes de la nación, violar derechos, contaminar el agua, arrasar con el ambiente, deforestar, violentar a las comunidades y destruir y saquear los bienes naturales del país.
“Es muy grave lo que hemos visto este día en la Cámara de Diputados: nuestros supuestos representantes son incapaces de salvaguardar los derechos de las comunidades y posicionarse más allá de sus pugnas políticas. Con esta decisión, prefirieron ignorar las voces de cientos de comunidades y miles de personas que desde todas las regiones del país les pedimos no impugnar esta ley y dejar de propiciar con su actuar la violación sistemática
de derechos”, subrayaron los integrantes de los colectivos Cambiémosla ya y Alianza por la Libre Determinación y Autonomía.
Con el argumento de que la ley se aprobó incumpliendo el proceso legislativo, los diputados apelan a que se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Minería, a pesar de que representa un gran avance en el cumplimiento de los derechos de los pueblos y comunidades que por más de 30 años han sido violados sistemáticamente al amparo de la ley Minera de 1992, que daba rienda suelta a las empresas para depredar los territorios, destruir vidas y devastar el medio ambiente sin sanción alguna.
Más grave aún es el hecho de que los diputados y diputadas que presentaron la acción de inconstitucionalidad argumentan, entre otros temas, que con la aprobación de la nueva Ley de Minería se incurrió en una “violación del derecho de consulta previa de todas las comunidades indígenas” (p. 17 de la acción de inconstitucionalidad). Ningún legislador de estos partidos se preocupó, en las pasadas tres décadas, por el derecho de pueblos y comunidades a ser consultados antes de que se entregaran miles de concesiones mineras en los territorios de su propiedad1. No solo no se les consultaba, ni siquiera se les informaba. Esta es la primera ley que incorpora la consulta para obtener el consentimiento y la impugnan porque no fue consultada. Mayor cinismo no es posible.
La Impugnación de la Ley de Minería refleja el desinterés de los diputados promoventes por las comunidades y sus territorios y, en los hechos, deja al descubierto su compromiso con los intereses corporativos.
La ley contiene avances esenciales como: la obligación de realizar un proceso de consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada para obtener el consentimiento de los pueblos para dar una concesión en sus territorios; retira el carácter de actividad preferente a la minería; prohíbe la minería en zonas con estrés hídrico y en Áreas Naturales Protegidas, prohíbe los trabajos de minería en el fondo marino, elimina el derecho de expropiación de los concesionarios, reduce los tiempos de las concesiones y regula de mejor forma los títulos de concesión para la actividad minera. Además, establece obligaciones para el cierre de minas y causales de cancelación de títulos de concesión minera. Sin embargo, con el recurso interpuesto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación existe la posibilidad de regresar a la Ley Minera de 1992 y dar marcha atrás a los avances incorporados en este marco legal.
“Las colectivas Cambiémosla ya y ALDEA llamamos al Poder Judicial a ponderar los derechos incorporados en esta ley y permitir que se conviertan en realidad en el país. La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe ser sensible a las demandas de la población y velar por que se garanticen sus derechos, particularmente los de las comunidades rurales, pueblos indígenas y afromexicanos”.
Declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Minería, recientemente aprobada en el Senado de la República y publicada en el Diario Oficial de la Federación, para volver a la Ley Minera de 1992, implica contrariar los derechos de los pueblos que la nueva ley reconoce y permitir la devastación de la naturaleza para satisfacer los intereses voraces de la industria minera, la más riesgosa para las y los defensores de derechos y del medio ambiente.