Juan Camilo Kuan Medina, doctor de la Universidad Nacional de Colombia, informó que 50 por ciento de la población del mundo vive con dolor provocado por diversas enfermedades de leve afección o nivel crónico, situación que requiere de tener de nuevas alternativas para mitigar el sufrimiento humano.
Indicó que un 10 por ciento de los pacientes en el mundo padecen de dolores crónicos de forma permanente y el uso de la cannabis para calmar sus padecimientos está siendo más aceptada cada día.
Detalla que la marihuana tiene más de 500 sustancias, llamadas alcaloides, y alrededor de 60 son cannabinoides; de las 500 la mayoría tiene efectos farmacológicos. Mientras que a los cannabinoides también se les ha descubierto su efecto medicinal.
Reiteró que “el dolor es el principal síntoma para asistir a consulta médica y en todas las sociedades se les debe hacer saber que no es normal vivir con dolor, y que al tener padecimientos constantes, existen alternativas para controlar su sufrimiento.
Declaró que indicó que estudios médicos informan que el cannabis medicinal tiene posibles beneficios para paliar el dolor que provocan enfermedades, como son: Alzheimer, Esclerosis lateral amiotrófica (ELA), VIH/SIDA, Cáncer, Enfermedad de Crohn, Epilepsia y convulsiones, Glaucoma, Esclerosis múltiple y espasmos musculares, Dolor severo y crónico y Náuseas severas.
La vigencia la regulación de la cannabis como un producto medicinal en México ha sido todo un viacrucis y ahora el reto es llevar el conocimiento de sus propiedades para que el sector médico, sienta la confianza de recomendarlo a sus pacientes.
Cabe mencionar que por años, en la población mexicana ha usado este producto para dolores de músculos o huesos, para las “reumas”, y ahora la legislación federal brinda acceso a esta planta de forma “seria y legal”. Esta ley federal permite que la gente no se sienta perseguida de buscar conseguir la cannabis como de utilizarla”, dijo.
Igualmente, se pondrá orden en la industria informal que habla que expenden productos que conllevan cannabis –que se venden en los tianguis-, pues la nueva legislación habla que esta planta medicinal al ser industrializada requerirá de diversos permisos sanitarios y ser elaborada por laboratorios profesionales.
Detalló que existen 21 naciones que han aprobado el uso de la cannabis con fines medicinales, en Latinoamérica son México, Chile, Perú, Ecuador, Argentina, Brasil, Colombia, Canadá y 30 entidades de los Estados Unidos.
Mientras que para uso recreacional en el continente destacan los casos de México, Uruguay, Canadá y 15 entidades de los Estados Unidos.
En el marco de la pandemia, beneficia o no, el avance de la cannabis medicinal?.
“El aumento de la ansiedad, el estrés, la depresión y trastornos del sueño, son una realidad, que desemboca en analizar si conviene utilizar la cannabis para paliar estos padecimientos. No olvidemos que la cannabis ayuda a calmar al sistema nervioso”.
Recordó que Fundación Ananda, en próximas semanas realizara el curso virtual para médicos especializados y profesionales de la salud “Usos medicinales del cannabis”. Además que es esencial el estudiar y divulgar el uso de la cannabis medicinal en la psicología y psiquiatría para el tratamiento de ansiedad, depresión y trastornos del sueño.
MARIHUANA Y EL MEDIO AMBIENTE
La Universidad de Veracruz indica que cosechar medio kilo de cannabis-marihuana equivale a las emisiones que realizaría un vehículo después de recorrer 1,200 kilómetros.
Por su parte, la Asamblea Legislativa de Oregón, EEUU, reportó que una sola planta de mariguana puede consumir casi 23 litros de agua por día, en comparación con los 13 litros de agua que utiliza una planta de vino.
QUE SE APROBÓ EN USO DE MARIHUANA EN MEXICO
El Senado mexicano aprobó la legalización de la marihuana para usos recreativo, científico, médico e industrial. Iniciativa ratificada el pasado 12 de enero.
Para la venta de medicamentos de marihuana, se indica que sólo se hará con recetas que contendrán un código de barras y que sólo podrán ser emitidas por médicos autorizados.
De acuerdo con las normas, los establecimientos que comercien medicamentos de cannabis, deberán cumplir con las disposiciones jurídicas aplicables, y contar con: Licencia sanitaria; Responsable sanitario; Libros de Control; Registro federal de contribuyentes; Permiso de adquisición en plaza, en términos del artículo 236 de la Ley General de Salud y 197 del Reglamento de Insumos para la Salud.