Si bien la administración del agua y sus regulaciones están a cargo de organismos específicos de los gobiernos, es responsabilidad de todos procurar su cuidado y evitar su desperdicio y contaminación, advirtió Delia Montero Contreras, investigadora de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).
El vital líquido en territorio mexicano es de la nación y, en términos legales, la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) es la que administra y otorga concesiones por 30 años renovables a otro periodo similar a empresas, agricultores, industriales y mineras, entre otros, pero lo hace sin ningún control ni obligación alguna respecto del tratamiento o reúso del recurso, por lo que muchos sectores lo tiran contaminado a ríos que desembocan en los océanos.
Cuando se concesiona a órganos de la administración pública, como la Secretaría de Gestión Integral del Agua de la Ciudad de México, se imponen ciertas reglas que deben seguirse para poder conservar el derecho de administración, como dar mantenimiento continuo a los pozos de los que se extrae, el saneamiento necesario y cuidar que no se sequen o que sea reinyectado el fluido, refirió la profesora adscrita al Departamento de Economía de la Unidad Iztapalapa.
El artículo 27 de la Constitución establece que la propiedad de los mares, las aguas marinas interiores, lagunas y esteros que se comunican con el mar, lagos y ríos en el territorio nacional corresponde originalmente a la nación, la cual tiene el derecho de transmitir el dominio a particulares, con lo que los bienes hídricos podrán ser de jurisdicción estatal o privada.
El Estado garantiza el derecho al recurso, mientras que la ley define las bases, apoyos y modalidades para su acceso. El artículo 115 constitucional establece que los municipios tienen a su cargo las funciones y servicios públicos como potabilización, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha determinado que el mínimo necesario son 100 litros diarios por persona. Por otro lado, en lo que se refiere a los mares, hay leyes y tratados para el cuidado y explotación de esos recursos. Cada país con litoral administra una franja adyacente de alrededor de 22 kilómetros y medio desde la costa; a partir de ello, estos emiten sus acuerdos, normas y tratados.
José Félix Aguirre Garrido, académico del Departamento de Ciencias Ambientales en la Unidad Lerma de la UAM, señaló que en México “tenemos la ley federal del mar, que define qué son las aguas marinas interiores, cuáles son las zonas contiguas, cuáles son las zonas económicas exclusivas, la plataforma continental, las plataformas insulares y nos ayuda a entender la protección y preservación del lecho marino”.
Cuando se trata de aguas más allá de la jurisdicción nacional, existen dos organismos fundamentales: la Convención de las Naciones Unidas por el Derecho del Mar, que regula las aguas internacionales; es decir, todas aquellas que no forman parte de los países.
Otro ente que está involucrado en esa franja es el Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, que promueve el uso sostenible de los recursos marinos a través de sus redes o de sus programas regionales, subrayó el doctor Garrido.
Al participar en AguaCERO, programa de UAM Radio 94.1 FM, argumentó que ha habido tres años de sequía y que, por tanto, en la medida de la disponibilidad, México ha cumplido con el Tratado de Aguas de 1944.
En ese acuerdo, Estados Unidos se compromete a entregar anualmente a México mil 850 millones de metros cúbicos del Río Colorado, mientras México debe proporcionar 432 millones de metros cúbicos del Río Bravo cada cinco años.
A la fecha, el país adeuda casi mil 600 millones de metros cúbicos al vecino del norte; para dimensionarlo, esa cantidad equivale a lo que consumiría toda la Ciudad de México en casi un año.
Sin embargo, el contexto actual ha cambiado, por lo que la doctora Rosario Sánchez, del Foro Permanente de Aguas Binacionales, afirmó que el tratado de 1944 ya no responde a la crisis actual causada por el cambio climático y crecimiento poblacional.